Son tres los feriados puente que la ley 27.399 habilitó al Poder Ejecutivo fijar durante el año y de esa manera promover la actividad turística e incentivar la actividad comercial en los distritos que reciben más visitas en esas “minivacaciones”.
La norma establece también que los feriados que coincidan con los días martes y miércoles pueden ser trasladados al día lunes anterior y, aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente.
Cabe destacar que “día no laborable” no equivale a “feriado”. A diferencia de un feriado, los empleadores tienen la autoridad de decidir si sus empleados asisten o no a trabajar y, quienes trabajen, no tienen derecho a percibir un plus salarial.
Mirá y agenda el calendario con los “días no laborables” y los “feriados puentes” previstos para el año 2018:
(AZUL: feriados inamovibles – VERDE: feriados trasladables – GRIS: días no laborables)