Lo condenan a 3 años por robar una heladería: se llevó un balde de chocolate y otro de granizado

Los cuatro cómplices de C. V. lograron escapar luego de que chocaran contra un árbol en su intento de huída.

Mar del Plata – El único de los cinco delincuentes que en octubre del año pasado robó a mano armada una heladería ubicada en la esquina de Libertad y La Rioja y que fue atrapado luego de chocar el auto en el que escapaban contra un árbol fue condenado a tres años de prisión tras la validación de un juicio abreviado. C. R. V. seguirá alojado en el complejo penitenciario de Batán ya que el vencimiento provisorio de la pena impuesta operará el 8 de octubre de 2021.

El 9 de octubre pasado, minutos después de las once de la noche V. y cuatro sujetos que no fueron identificados hasta el momento ingresaron al negocio con un revólver y redujeron al empleado que estaba en el mostrador para robarle un celular y tres mil pesos. Dos de ellos fueron para la parte posterior, amenazaron a otro empleado y le robaron el celular antes de tomar un balde cinco litros de helado de chocolate, otro de granizado y abordaron un Peugeot 208 que estaba estacionado en la puerta.

A partir de un llamado al 911 personal del Comando de Patrullas Centro observó un vehículo de características similares en la esquina de calle Castelli y Uruguay que circulaba a gran velocidad. Cita 0223. Luego de que el rodado hiciera caso omiso a las señales lumínicas y sonoras se inició una persecución que finalizó en la intersección de Falucho y calle 206 cuando chocó con un árbol: mientras que el conductor fue detenido en el lugar sus cuatro cómplices lograron escapar.

Para el Juez Fabián Riquert no quedaron dudas acerca de la responsabilidad criminal de V. en carácter de coautor penalmente responsable del hecho y la misma surgió a partir de los elementos encontrados en el auto, de la declaración de víctimas y de los informes policiales que confirmaron que fue una aprehensión en Flagrancia.

Luego de descartar cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y valorar como atenuante la falta de antecedentes penales, el magistrado consideró como agravante a nocturnidad ya que “permite una fuga en el vehículo con menor intensidad de tránsito asegurando la perpetración del delito”.

Una vez calificado el hecho como robo agravado por ser en poblado y en banda y por el uso de arma de fuego no secuestrada, se condenó a Cristian Ramos Vélez a la pena de tres años de prisión en su carácter de coautor penalmente responsable.

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