Hubo nuevos demorados en Dolores por no cumplir con la cuarentena

Los procedimientos se realizaron este jueves en distintos puntos de la ciudad. Los involucrados deambulaban por la vía pública sin justificativo alguno.

Los sujetos fueron demorados por infracción al Artículo 6 del Decreto 297/2020 “Cuarentena Obligatoria. Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dictaminado a nivel nacional.

En todos los casos se incumplió el aislamiento social, preventivo y obligatorio, por lo que terminaron demorados.

Una vez consultado el Juzgado Federal a cargo Dr. Ramos Padilla, se dispuso la notificación por el delito enunciado, la certificación de domicilio de los involucrados, para luego sí otorgarles la libertad, previa notificación de cuarentena obligatoria.

Cabe recordar que la circulación pasadas las 14 horas debe estar justificada. Asimismo, se reitera el listado de quienes están exceptuados en el artículo 6 según el decreto presidencial:

-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

-Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales.

-Personal de los servicios de justicia de turno.

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios.

-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

-Personal afectado a obra pública.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc) y atención de emergencias.

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

-Servicios de lavandería.

-Servicios postales y de distribución de paquetería.

-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

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