La ANMAT prohibió un tipo de barbijo “falsificado”

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un barbijo en específico, además de ordenar que sea retirado del mercado, dado que no pudo garantizarse su “calidad, seguridad y eficacia”.

La medida fue oficializada a través de la disposición 1909/2021, que fue publicada en el Boletín Oficial de este lunes y firmada por Manuel Limeres, administrador nacional del organismo perteneciente a la Administración Pública Nacional de la República Argentina.

En concreto, el producto en cuestión “está rotulado como Dimex indumentaria descartable -barbijo de uso único- contiene: barbijos desc. tableado triple capa con elástico y adaptador nasal”. Es que “desde el punto de vista sanitario, se trata de un producto falsificado y que se desconoce su efectivo origen y composición no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población”.

En tanto, la firma DIMEX de CINMOR S.R.L deberá presentarse “ante la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud la documentación respaldatoria de dicha diligencia”.

Por otro lado, mediante la disposición 1848/2021, la Anmat también prohibió un “electroestimulador” de uso estético del que resulta imposible asegurar que “cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia, por lo que reviste riesgo sanitario para los eventuales usuarios”.

Se trata de los productos “STIMPLUS 4.2, marca Biovelia, electroestimulador corporal facial, Ondas Rusas, Cuadradas, tens”; “MULTIONDAS S5, marca Biovelia, electrodos interferenciales Ondas Rusas, Cuadradas, tens, australianas”; “MULTIONDAS P8, marca Biovelia, electrodos interferenciales Ondas Rusas, Cuadradas, tens, australianas” y “POWER 8MW, marca Biovelia, electroestimulador corporal facial, canales rusas cuadradas tens”.

En último lugar, el organismo tomó la misma determinación con “el producto rotulado como: “Sulfato Ferroso Monohidrato (polvo fino), Marca Askell Química Ltda, nombre de fantasía KR-FERROSO, origen Brasil”,por “haberse falsificado el certificado de registro de dicho producto y en consecuencia ser ilegal”, según se publicó en la disposición 1910/2021.

 

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