El Gobierno oficializó el DNU que habilita el préstamo con Qatar para pagarle al FMI

La medida fue publicada en un suplemento de la edición del Boletín Oficial de este viernes. El crédito será de 580 millones de DEG, equivalente a 775 millones de dólares.

El Gobierno nacional oficializó, en un suplemento de la edición del Boletín Oficial de este viernes, el decreto de necesidad y urgencia 404/23, por el cual se aprueba un crédito con Qatar para pagar el próximo vencimiento con el Fondo Monetario Internacional.

En la medida, firmada por el presidente Alberto Fernández y todo el Gabinete, se detalla que se trata de un préstamo de Derechos Especiales de Giro (DEG) por 580 millones, equivalente a 775 millones de dólares.

“Dado que las fechas previstas para la aprobación del Staff Level Agreement (SLA) por el FMI y que el tiempo mínimo necesario para que las autoridades argentinas implementen las medidas comprometidas exceden las fechas de vencimiento de los Special Drawing Rights (SDR), fueron realizadas gestiones con el Estado de Catar, a fin de poder cumplir con las obligaciones asumidas con el citado Fondo”, señaló el Ejecutivo en los argumentos.

En ese sentido, agregó que este préstamo “facilita afrontar los compromisos precedentemente asumidos hasta que se complete el desembolso acordado”.

A través del decreto se faculta al ministro de Economía, Sergio Massa, o quien se designe, a “suscribir, en nombre y representación de la República Argentina, el Acuerdo de Facilidad”, y a eventualmente convenir modificaciones, “siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada”.

Otro de los artículos agrega: “Apruébase la inclusión en el Modelo de Acuerdo de Facilidad que se aprueba por el artículo 1° del presente decreto, de la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros acordada en dicho instrumento y la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana con sus respectivas excepciones, exclusivamente, respecto de reclamos que se pudieren producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a dicho instrumento”.

Tal como se estima en todos los decretos de este tipo, el DNU debería ser analizado dentro de los 10 días hábiles por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo del Congreso, pero ésta se reunió por última vez en junio de 2022 y no emite dictámenes desde noviembre de 2021.

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