Fallo histórico: contagió a su pareja de VIH adrede y fue condenado a prisión en suspenso por violencia de género

La condena implica también una reparación civil del daño causado a la víctima, a la suma de 40 mil dólares.

Un hombre fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso en una causa enmarcada en el delito de violencia de género, acusado de haber contagiado adrede a su pareja con HIV. La condena implica también una reparación civil y económica del daño causado a la víctima, por un monto de 40 mil dólares.

El fallo de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resulta histórico, ya que es el primero para condenar este delito. La investigación impulsada por la Fiscalía PCyF Nº 36 especializada en Violencia de Género logró establecer que el imputado, en conocimiento de su enfermedad, no tomó recaudos para evitar contagiar a su pareja.

La sentencia determinó algunas reglas de conducta que deberá cumplir el condenado durante esos tres años, como la abstención de contacto con la víctima por cualquier medio; la realización de 80 horas de tareas de utilidad pública en la Fundación Cáritas –en una entidad relacionada con el estudio del HIV-; la obligatoriedad de realizar un taller sobre Violencia de Género; así como fijar residencia y notificar cualquier cambio.

La víctima hizo la denuncia cuando recibió el diagnóstico positivo de VIH, condición que le causó además una trombosis con necrosis en las venas ilíaca y femoral y una edematización, también permanente, de su pierna izquierda.

El imputado tomó conocimiento de su enfermedad en el año 2013 y mantuvo una relación con la víctima entre 2011 y 2016, lapso en el cual mantuvieron relaciones sexuales sin ningún tipo de profilaxis para evitar la transmisión de enfermedades.

La fiscalía le imputó el delito de contagio de una enfermedad de transmisión sexual, junto a “lesiones graves y gravísimas, agravadas por el vínculo y el género”. Finalmente, tras el acuerdo de avenimiento homologado por la jueza Fernanda Botana, del juzgado 5, se lo condenó a la pena de tres años en suspenso.

(DIB) ACR

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