Promulgan ley que establece la mediación a distancia en la provincia de Buenos Aires

Se trata de una modificación a la ley vigente, que data de 2009. Había sido sancionada por la Legislatura en agosto.

Una ley que establece la mediación a distancia en todos los casos que no admitan excepción en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires fue promulgada por el Poder Ejecutivo bonaerense.

La iniciativa, sancionada por la Legislatura provincial el 7 de agosto pasado y publicada este miércoles en el Boletín Oficial del distrito y prevé que la mediación se pueda realizar total o parcialmente a distancia.

Se trata de una modificación a la ley vigente, que data de 2009, y que dispuso la mediación obligatoria en todos los casos que no admitan excepción, pero las partes deben asistir personalmente a la audiencia, no pudiendo ser sustituidas por apoderados, salvo que su domicilio exceda los 150 kilómetros del asiento del mediador, como única excepción.

Además, en su artículo 15 bis otorga la posibilidad al mediador y a las partes a celebrar una audiencia a través de canales y procedimientos electrónicos de comunicación, asegurando además la confidencialidad e identidad.

La mediación a distancia, basada en un proyecto de ley que había sido presentado por el diputado Emiliano Balbín (Juntos por el Cambio), quedó contemplada para conflictos cuyo objeto sea materia disponible por los particulares, permitiendo acceder a la resolución de estos, o que se habilite la vía judicial para proseguirlos.

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