Personal estratégico: el Gobierno definió qué funcionarios se pueden vacunar

La resolución, firmada por la ministra Carla Vizzotti, fija los parámetros para que personal de los tres poderes del Estado se inoculen.

La ministra de Salud Carla Vizzotti firmó este viernes la resolución que delimita y acota la definición de “personal estratégico” que tiene prioridad para inocularse, luego de que trascendiera en las listas los nombres de funcionarios de bajo rango.

De acuerdo a los detalles de la medida, se considera “personal estratégico” -una de las categorías que están entre los grupos prioritarios a ser vacunados- a los funcionarios “que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Estado, independientemente de la edad y la condición de salud”.

El Gobierno redefine así al “personal estratégico” luego de que el escándalo de las vacunas VIP revelara que existieron arbitrariedades en la vacunación de los funcionarios nacionales. A partir de ahora, los funcionarios que quieran vacunarse deberán pedir autorización a través de un sistema informático al Ministerio de Salud, que autorizará o rechazará la solicitud.

La decisión busca dejar atrás definitivamente el escándalo por el vacunatorio VIP y por la lista de 70 personas que fueron inoculadas en el Hospital Posadas, muchas de las cuales no reunían las características que había establecido la propia administración pública en el inicio de la campaña.

En la resolución, Vizzotti fija que quienes accedan a la vacuna por fuera del cronograma por etapas que dispone Salud “deben ser relevantes para garantizar el adecuado funcionamiento del Estado” y “deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño”.

Así, se comprenderá como personal estratégico a:

-“Las personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición”.

– “Los y las representantes del Estado Argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición”.

-“Las personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales”.

Al hacer la solicitud, cada funcionario, que se deberá vacunar en centros autorizados, prestará su conformidad para que se difundan sus datos en un registro público que el Gobierno planea publicar, con actualización en vivo. Esto es para evitar eventuales litigios por las leyes de Derechos del Paciente, Datos Personales y Acceso a la Información Pública.

Al mismo tiempo, el Gobierno quedará habilitado para informar a los medios de comunicación o ante pedidos de información por parte de la ciudadanía otros datos sobre los vacunados: fecha de nacimiento, DNI, cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de aplicación, lugar de vacunación.

La norma no solo abarca al Poder Ejecutivo, sino también a los integrantes del Congreso y al Poder Judicial. Para evitar las “sorpresas” por los vacunados, los funcionarios vacunados deberán completar un formulario donde autorizan la difusión de sus datos en un registro, que será abierto y público.

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