La navegación aérea fue declarada “servicio público esencial”

Diputados sancionó ayer miércoles con 132 votos a favor y 62 en contra una ley promovida por el ministro Florencio Randazzo.

La Cámara de Diputados sancionó este miércoles una ley para regular como “servicio público esencial” a la prestación de los servicios de navegación aérea, y establecer la modalidad y tipo de esas prestaciones.

La iniciativa fue impulsada por el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, y obtuvo 132 votos a favor, 62 en contra y tres abstenciones, luego de la aprobación de la ley que le da movilidad a las asignaciones familiares.

El proyecto aprobado crea la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANA S.E.), que quedará integrada por el Ministerio del Interior y Transporte y el Ministerio de Defensa, y estará facultada para la prestación de servicios también a terceros Estados.

La presidenta de la Comisión de Transporte, María Eugenia Zamarreño, explicó que la EANA S.E. “va a ser la prestadora de estos servicios”.

La diputada randazzista detalló que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “considera como ‘servicio público esencial’ a las actividades que, de interrumpirse, pondrían en juego la vida, la seguridad y la salud”.

Zamarreño señaló que “al ser esencial, la consecuencia es que no se puede interrumpir de forma total el servicio, sino que tiene que garantizarse un servicio mínimo de la actividad”, aunque aclaró que “esto para nada implica impedir el derecho a huelga”.

En el mismo sentido, el presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde (FpV) apuntó que “basta leer el artículo primero de la ley” para entender que “no se está innovando en absoluto con respecto al libre acceso al derecho de huelga”.

Dicho artículo indica que la declaración de la navegación aérea como “servicio público esencial” está sujeta a los términos de la Ley 25.877 de Ordenamiento Laboral, mediante la cual fue derogada la Ley Banelco del año 2000.

En este sentido, Recalde destacó que el proyecto sancionado “garantiza al personal de EANA la prohibición de despido sin justa causa, lo que implica para sus trabajadores una garantía de estabilidad absoluta”.

Además, dijo, “al personal que sea transferido a la EANA S.E. desde otros organismos o entes se les mantienen los derechos laborales, económicos y de la seguridad social”.

Sin embargo, Claudio Lozano (Unidad Popular) advirtió que los trabajadores que pasarán a la EANA S.E. quedarán en un “limbo”.

“Hace tiempo venimos planteando la necesidad de establecer como servicio público esencial a los servicios de navegación aérea, pero el proyecto del oficialismo deja en una situación de absoluta indefinición a los trabajadores modificando su encuadre laboral, y además militariza aeropuertos”, sostuvo Lozano.

Una vez constituida, se transferirán a la EANA las funciones de “control operativo de la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea y de coordinación y supervisión del accionar del control aéreo” asignadas en la actualidad a la Dirección General de Control de Tránsito Aéreo con sus respectivas competencias, cargos, personal y créditos presupuestarios, así como la administración de los bienes patrimoniales afectados a su uso.

La flamante ley establece que “la actividad que se despliega en el marco del Servicio Público de Navegación Aérea deberá garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea”.

Asimismo, la EANA S.E. deberá “promover la innovación tecnológica, capacitar y/o facilitar la capacitación y profesionalización del personal conforme a los estándares internacionales, asegurar el compromiso ambiental, garantizar la representación de la comunidad aeronáutica, gestionar con eficacia y eficiencia, establecer un sistema de gestión de la seguridad operacional”.

También tendrá que “crear y dar cumplimiento a un plan de negocios que equilibre la seguridad operacional con la productividad y el respeto del derecho de los trabajadores, alcanzar un liderazgo en la región, lograr el autofinanciamiento y revertir en dicha actividad las ganancias que se obtengan”.

http://www.parlamentario.com/noticia-84140.html

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