LA EMPRESA YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES (YPF) INDICÓ QUE CUMPLIRÁ CON EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, QUE ORDENA DAR A CONOCER LOS TÉRMINOS DEL ACUERDO QUE LA PETROLERA FIRMÓ CON LA ESTADOUNIDENSE CHEVRON, “DE ACUERDO CON LA NORMATIVA VIGENTE Y CONFORME A LOS PLAZOS PROCESALES QUE SE ESTABLEZCAN”.
La comunicación de la empresa resaltó que de acuerdo con la Ley 26.741, YPF opera como una sociedad anónima abierta en los términos de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, que establece, “no siéndoles aplicables legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación”.
Al respecto, la compañía, destacó que “la justicia nacional de primera instancia en lo Contencioso administrativo Federal y la Cámara de dicho fuero entendieron previamente que dicha normativa implicaba que YPF no se encontraba alcanzada por el decreto de acceso a la información pública N° 1172/2003 y, por ende, no correspondía acceder a la entrega del contrato celebrado entre YPF y sus afiliadas y Chevron Corp y sus afiliadas”, criterio invalidado este martes con el fallo de la Corte.
La empresa reseñó que el acuerdo, firmado el 16 de julio de 2013, “tuvo como único objetivo generar el primer desarrollo de no convencional de la Argentina”.
“En poco más de dos años, Chevron ingresó por el mercado único y libre de cambio (MULC) más de 2.500 millones de dólares en Loma Campana”, lo que “impulsó el crecimiento de la economía del país y generó alrededor de 5.000 puestos de trabajo nuevos entre directos e indirectos”, ponderó YPF en el comunicado.
Según la petrolera, la producción total de no convencionales (Vaca Muerta) de YPF supera los 54.000 barriles equivalentes diarios, de los cuales 47.000 barriles equivalentes diarios provienen exclusivamente de esta área, resultados que ubican al yacimiento como “el segundo más productivo del país y el primero de no convencional fuera de Norteamérica”.