EL OBJETIVO ES REVERTIR LA “SITUACIÓN DE PELIGRO COLECTIVO” CREADA POR EL DELITO COMPLEJO, EL CRIMEN ORGANIZADO Y EL NARCOTRÁFICO; EN UNA RESOLUCIÓN QUE INCLUYE UN FUERTE CONTROL DEL ESPACIO AÉREO.
El decreto especifica delitos tales como producción, tráfico y comercialización de estupefacientes (Ley 23.737), de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Ley 22.415), los relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada (artículo 210 bis del Código Penal) o con una asociación ilícita terrorista (artículo 41 quinquies del mismo Código).
Del mismo modo se refiere a los delitos relativos a las asociaciones ilícitas (artículo 210), organizadas para cometer delitos con fines políticos o raciales, los de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5°) y contra la Administración Pública (todos del Código Penal).
Además consigna los delitos de prostitución de menores y pornografía infantil (artículos 125, 125 bis y 128), de financiación del terrorismo (artículo 306) y de extorsión (artículo 168, todos del Código Penal), los previstos en la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario) y de trata de personas (Ley 26.364).
El Gobierno deja a cargo de los Ministerios de Seguridad, de Defensa y de Transporte la tarea de reforzar los mecanismos de seguridad en todos los medios de transporte aéreos.
También concede la adquisición del material indispensable para incrementar la vigilancia de la frontera fluvial, los puertos y los espacios marítimos de jurisdicción nacional.
Crea además el gabinete de Seguridad Humana que tendrá a su cargo coordinar las tareas de las diferentes carteras en lo atinente a la Emergencia.
Autoriza al Ministerio de Seguridad a convocar personal retirado de la Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y Policía Aeroportuaria que no hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, estén actualmente procesados penalmente o pasados a retiro por razones disciplinarias.
También, el Ministerio de Seguridad propondrá al Poder Judicial celebrar un convenio con el fin de interconectar el sistema información de la Justicia Nacional con el Sistema Federal de Comunicación Policiales, y además tendrá que establecer con la Administración Federal de Ingresos Públicos los estándares y la normativa de seguridad de las zonas primarias aduaneras.
A partir de la norma, se crea el “Operativo Fronteras”, que reemplaza al “Escudo Norte” con carácter permanente, y se adopta en forma inmediata las medidas para dotar de dispositivos materiales, técnicos y tecnológicos a la Zona de Frontera, que incluye una radarización para el “eficiente control” fronterizo.
También dispone el levantamiento del secreto militar de las reglas de Empeñamiento para la Defensa Aeroespacial que había sido establecido por el decreto 2415 del año 2014.
El decreto establece la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las FFAA, orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo Argentino.
Serán declaradas “hostiles” aquellas naves, cuando tengan entidad suficiente para “perturbar, poner en riesgo o causar un daño” en el territorio nacional.